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Historia

Fundación Tutelar BEROA es una entidad sin ánimo de lucro, constituida ante notario con fecha de 15 de noviembre de 1995 y registrada en el Gobierno Vasco con el número F-16. El trabajo que realiza es velar por la defensa de los intereses de las personas que padecen una enfermedad mental, incapacitadas judicialmente y residentes en Álava.

Fundación tutelar BEROA no presta servicios residenciales, laborales ni educativos. Somos usuarios de los servicios que prestan las diferentes entidades,  de nuestro entorno.

Fundación Tutelar BEROA nace por la necesidad sentida de familiares de personas con enfermedad mental en el seno de ASAFES (Asociación Alavesa de Familiares y Enfermos Mentales de Álava).

Y, cuando nosotros faltemos, ¿qué?

Para dar respuesta a esta pregunta, después de una fase de estudio y trabajo, se constituyó la Fundación ante notario el 15 de noviembre de 1995.

Inicialmente se registró con el nombre Fundación Tutelar para Enfermos Mentales de Álava y en el año 2006 pasó a denominarse Fundación Tutelar BEROA, para personas con enfermedad mental de Álava, con el fin de  referirnos a ella de un modo más simplificado. Con la palabra BEROA queremos identificar a la Fundación con “calor de hogar”.

Nuestra historia está marcada por el incremento constante del número de tutelas desempeñadas que implican un aumento de recursos. En este crecimiento es de destacar el año 2003 en el que se firmó el Convenio de Colaboración de Asunción de Cargos Tutelares, con el Instituto Foral de Bienestar Social, que contribuyó el traslado de domicilio social y también supuso la diversificación de funciones dentro de la Fundación gracias a la contratación de dos nuevos profesionales.

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Fines

Fundación Tutelar BEROA se constituye para el cumplimiento de las siguientes finalidades:

  • Promover la protección jurídica de las personas con enfermedad mental que precisen de una declaración de incapacidad, especialmente en aquellos supuestos de personas que carezcan de parientes o allegados que estén obligados o puedan ocuparse de tal promoción. Esta finalidad comprenderá:

    • Asesorar a los familiares y personas presuntamente incapaces por enfermedad mental de su legitimación para promover su declaración de incapacidad en la forma prevista por el Código Civil.

    • Poner en conocimiento del Ministerio Fiscal los supuestos de personas incapaces por enfermedad mental en los que se considere precisa la constitución de la tutela o curatela, según regula el artículo 230 del Código civil.

  • Asumir, durante la tramitación de los procedimientos de incapacidad, el cargo de defensor judicial o administrador provisional del presunto incapaz por enfermedad mental, cuando así sea acordado por el Juez y aceptado por el patronato.

  • Asumir el cargo de tutor o curador de las personas declaradas incapaces por enfermedad mental, cuando así sea acordado por el Juez y aceptado por el patronato.

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Valores

 

VALORES

CONTENIDO

    INDIVIDUALIZACIÓN

Respeto a las personas tuteladas, teniendo en cuenta sus peculiaridades y sus preferencias.

    INTEGRACIÓN

Normalización de la vida social de las personas que tutelamos.

    PREVENCIÓN

Anticiparnos a las circunstancias que puedan perjudicar la situación actual.

    CALIDAD EN LA ATENCIÓN

Entendida como un proceso de mejora continua, basado en la planificación, desarrollo, evaluación y aplicación de los procesos.

    PROFESIONALIDAD

La actividad está desarrollada por un equipo interdisciplinar, especializado en el servicio de tutela y muy implicado en su trabajo.

    COMPROMISO

Con otros profesionales e implicación en trabajo en red con otras organizaciones.

    RACIONALIZACIÓN DE RECURSOS SOCIALES

Haciendo un uso justo, utilizándolos sólo cuando sea preciso.

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Organigrama

        

    

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Fundación Tutelar Beroa    |    945-214363   |    fundaciontutelarberoa@fundaciontutelarberoa.com    |    Vitoria-Gasteiz
Informática y Cámaras IP Vitoria-Gasteiz